NORMAS DE CONVIVENCIA
El buen
funcionamiento del C.E.I.P. Castillo de Doña Blanca exige unas
normas mínimas que garanticen la convivencia y desarrollo de las
actividades del Centro.
A)
Por parte del ALUMNADO:
COMPORTAMIENTO
Y SOCIABILIDAD: 1.- Observará el respeto y
la corrección debida a todos los miembros de la Comunidad Educativa.
2.- Observará en clase la atención, silencio y respeto al trabajo
de los demás. 3.- Saldrá al patio en tiempo dedicado al recreo, no
pudiendo permanecer en el aula solos. 4.- Entrarán en clase de forma
ordenada, observando buen comportamiento. 5.- Circulará por las
entradas y pasillos con corrección y sin alboroto. 6.- Respetará lo
que no les pertenezca. 7.- Entregará a un profesor/a al portero o al
Director/a los objetos encontrados para hacerlos llegar a sus dueños.
8.- Las entradas a clase se realizarán con un profesor, manteniendo
el orden y el silencio hasta la entrada en las aulas. 9.- En los
cambios de clase se evitará al máximo la utilización de los
servicios, manteniéndose las aulas en orden, sin carreras, gritos ni
juegos. 10.- La salida de clase se realizará en orden, sin carreras
ni gritos, siendo el profesor el último en salir vigilando su clase.
11.- Ningún alumno/a abandonará el Colegio antes de terminar la
jornada escolar si no es recogido por un adulto, preferentemente sus
padres.
ASEO Y
LIMPIEZA: 1.- Deberá presentarse aseado en
su persona. 2.- Procurará el mayor esmero en la presentación de sus
trabajos. 3.- Procurará la mayor limpieza y corrección en la
utilización de los aseos del Centro. 4.- Arrojará los papeles y
restos de comida en los recipientes destinados a este fin. En caso de
que se aprecie residuos en el suelo , lo recogerá el alumno que se
encuentre más cerca cuando el profesor lo aprecie. 5.- Procurará
ser limpio, también en el vocabulario, no sólo en palabras
malsonantes, sino, al mismo tiempo en gritos y gestos. 6.- Cuidará
del edificio escolar, mobiliario y resto de material, tanto de uso
común como privado, sin dañarlo ni destruirlo. 7.- Abonará el
coste de los daños producidos, cuando voluntariamente haya producido
el deterioro. 8.- No comerá en las aulas bocadillos, ni ningún tipo
de chucherías. 9.- Deberá mantener en todo momento una adecuada
actitud postural en su asiento.
PUNTUALIDAD
Y ASISTENCIA: 1.- Observará la más rigurosa
puntualidad. 2.- Asistirá a clase asiduamente. Las faltas de
asistencia deberán ser justificadas ante el profesor directamente o
por escrito por los padres/madres. Más de cinco faltas sin
justificar se procederá a poner en conocimiento a la Concejalía de
Educación según el Plan de Absentismo Escolar.
B)
Por parte de los PADRES /MADRES
1.-
Procurará enviar a sus hijos al Centro en perfecto estado de
limpieza, tanto en su persona como en su ropa. 2.- Fomentará en sus
hijos/as la aplicación escolar, puntualidad y asistencia asidua. 3.-
Procurarán no deteriorar ante sus hijos/as la imagen de los
profesores del Centro. 4.- Evitarán, a la entrada y salida del
alumnado, los comentarios improcedentes que pueden ir en menoscabo
del buen nombre del Centro. 5.- Respetarán el día y la hora fijados
para entrevistas o consultas a los tutores/as o profesores/as de sus
hijos/as. Excepcionalmente en casos de necesidad o urgencia podrán
hablar con los maestros/as en horario no establecido de tutoría. 6.-
Evitarán entrar en clase sin citación previa, para no interrumpir
las actividades docentes. Sólo en circunstancias graves y muy
justificadas, se permitirá el acceso a las aulas de personas ajenas
a las mismas.
NORMAS
DE CONVIVENCIA
Habrán de
tener un carácter educativo y recuperador, deberá garantizar el
respeto a los derechos del resto del alumnado y procurarán la mejora
de las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa.
Se
corregirán los actos contrarios a las normas de convivencia del
Centro realizados por el alumnado tanto en horario lectivo, como en
el dedicado a la realización de las actividades complementarias o
extraescolares. Asimismo, podrán corregirse las actuaciones de los
alumnos/as, que, aunque realizadas fuera del recinto y el horario
escolar, estén motivadas o directamente relacionadas con el
ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes del
alumnado en los términos previstos en el Reglamento de Organización
y Funcionamiento (R.O.F.)
En
las CORRECCIONES se tendrán en cuenta las circunstancias siguientes:
_Circunstancias aa
tenuantes:
El
reconocimiento espontáneo de la incorrección de la conducta, así
como la reparación espontánea del daño.
La
falta de intencionalidad.
La
petición de excusas.
-Circunstancias que
agravan la responsabilidad
La
premeditación.
La
reiteración.
Los
daños, injurias u ofensas causados a los compañeros/as, en
particular a los de menor edad o a los recién incorporados al
Centro.
Las
acciones que impliquen discriminación.
La
incitación o estímulo a la actuación colectiva, que lesionen
los derechos de los demás miembros.
La
naturaleza y entidad de los perjuicios causados al Centro o a
cualquiera de los integrantes de la Comunidad Educativa.
Existen dos tipos de
conductas a las que aplicar las CORRECCIONES:
A)
Conductas contrarias a las normas de
convivencias
Cualquier
acto que perturbe el normal desarrollo de las actividades de la
clase.
La
falta de colaboración sistemática del alumnado en la realización
de las actividades orientadas al desarrollo del currículo, así
como en el seguimiento de las orientaciones del profesorado
respecto a su aprendizaje.
Las
conductas que puedan impedir o dificultar el ejercicio del derecho o
el cumplimiento del deber de sus compañeros.
Las
faltas injustificadas de puntualidad. (5 en un mes)
Las
faltas injustificadas de asistencia a clase. (5 en un mes). Si
durante un curso escolar el número de faltas injustificadas fuese
superior a 50 daría lugar la no evaluación ni promoción del
alumno/a.
f)
Cualquier acto de incorrección y desconsideración hacia otros
miembros de la Comunidad Educativa.
g) Causar pequeños daños en las instalaciones,
recursos materiales o documentos del centro, o en las pertenencias de
los demás miembros de la comunidad educativa.
Prescribirán
en un plazo de 30 días naturales, excluyendo los períodos
vacacionales.
CORRECCIONES:
1.- Amonestación oral. 2.- Apercibimiento por escrito. 3.-
Realización de tareas dentro y fuera del horario lectivo que
contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del Centro,
así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos
materiales o documentos del Centro. 4.- Suspensión del derecho de
asistencia a determinadas clases (máx. 3 días lectivos). 5.-
Excepcionalmente, la suspensión del derecho de asistencia al
Centro.(máx. 3 días lectivos)
LAS PODRÁN IMPONER:
Profesor/a, tutor/a, la jefatura de Estudios, la Dirección
B)
Conductas gravemente perjudiciales
para la convivencia
a) La agresión física
contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
b) Las injurias y ofensas contra cualquier miembro
de la comunidad educativa.
c) El acoso escolar, entendido como el maltrato
psicológico, verbal o físico hacia un alumno o alumna producido por
uno o más compañeros y compañeras de forma reiterada a lo largo de
un tiempo determinado.
Las actuaciones perjudiciales para la salud y la
integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del
centro, o la incitación a las mismas.
d)Las vejaciones o humillaciones contra cualquier
miembro de la comunidad educativa, particularmente si tienen una
componente sexual, racial, religiosa, xenófoba u homófoba, o se
realizan contra alumnos o alumnas con necesidades educativas
especiales.
e) Las amenazas o coacciones contra cualquier
miembro de la comunidad educativa.
f) La suplantación de la personalidad en actos de
la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos
académicos.
g) Las actuaciones que causen graves daños en las
instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las
pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa, así
como la sustracción de las mismas.
h) La reiteración en un mismo curso escolar de
conductas contrarias a las normas de convivencia del centro a las que
se refiere el artículo 33.
i) Cualquier acto dirigido
directamente a impedir el normal desarrollo de las actividades del
centro.
k) El incumplimiento de las
correcciones impuestas, salvo que la comisión de convivencia
considere que este incumplimiento sea debido a causas justificadas.
Prescribirán
a los dos meses, excluyendo los períodos vacacionales
CORRECCIONES:
1.- Realizaciones de tareas fuera del horario lectivo para mejora de
las actividades del Centro o reparación de daños a instalaciones,
recursos materiales o documentos. 2.- Suspensión de la
participación en actividades extraescolares (máx. un mes).
3.-Cambio de
grupo. 4.- Suspensión de la asistencia a determinadas clases (de 3
día a 2 semanas). 5.- Suspensión de asistencia al Centro. (de 3
días a 1 mes). 6.- Cambio de Centro.
LAS
PODRÁN IMPONER:
La Dirección