BIENVENIDA

DESDE NUESTRO CENTRO OS DAMOS LA BIENVENIDA, DESEANDO QUE DISFRUTEIS DE LAS ACTIVIDADES QUE REALIZAMOS.

miércoles, 31 de enero de 2018

NORMAS DE CONVIVENCIA


El buen funcionamiento del C.E.I.P. Castillo de Doña Blanca exige unas normas mínimas que garanticen la convivencia y desarrollo de las actividades del Centro.

A) Por parte del ALUMNADO:

COMPORTAMIENTO Y SOCIABILIDAD: 1.- Observará el respeto y la corrección debida a todos los miembros de la Comunidad Educativa. 2.- Observará en clase la atención, silencio y respeto al trabajo de los demás. 3.- Saldrá al patio en tiempo dedicado al recreo, no pudiendo permanecer en el aula solos. 4.- Entrarán en clase de forma ordenada, observando buen comportamiento. 5.- Circulará por las entradas y pasillos con corrección y sin alboroto. 6.- Respetará lo que no les pertenezca. 7.- Entregará a un profesor/a al portero o al Director/a los objetos encontrados para hacerlos llegar a sus dueños. 8.- Las entradas a clase se realizarán con un profesor, manteniendo el orden y el silencio hasta la entrada en las aulas. 9.- En los cambios de clase se evitará al máximo la utilización de los servicios, manteniéndose las aulas en orden, sin carreras, gritos ni juegos. 10.- La salida de clase se realizará en orden, sin carreras ni gritos, siendo el profesor el último en salir vigilando su clase. 11.- Ningún alumno/a abandonará el Colegio antes de terminar la jornada escolar si no es recogido por un adulto, preferentemente sus padres.

ASEO Y LIMPIEZA: 1.- Deberá presentarse aseado en su persona. 2.- Procurará el mayor esmero en la presentación de sus trabajos. 3.- Procurará la mayor limpieza y corrección en la utilización de los aseos del Centro. 4.- Arrojará los papeles y restos de comida en los recipientes destinados a este fin. En caso de que se aprecie residuos en el suelo , lo recogerá el alumno que se encuentre más cerca cuando el profesor lo aprecie. 5.- Procurará ser limpio, también en el vocabulario, no sólo en palabras malsonantes, sino, al mismo tiempo en gritos y gestos. 6.- Cuidará del edificio escolar, mobiliario y resto de material, tanto de uso común como privado, sin dañarlo ni destruirlo. 7.- Abonará el coste de los daños producidos, cuando voluntariamente haya producido el deterioro. 8.- No comerá en las aulas bocadillos, ni ningún tipo de chucherías. 9.- Deberá mantener en todo momento una adecuada actitud postural en su asiento.

PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA: 1.- Observará la más rigurosa puntualidad. 2.- Asistirá a clase asiduamente. Las faltas de asistencia deberán ser justificadas ante el profesor directamente o por escrito por los padres/madres. Más de cinco faltas sin justificar se procederá a poner en conocimiento a la Concejalía de Educación según el Plan de Absentismo Escolar.

B) Por parte de los PADRES /MADRES

1.- Procurará enviar a sus hijos al Centro en perfecto estado de limpieza, tanto en su persona como en su ropa. 2.- Fomentará en sus hijos/as la aplicación escolar, puntualidad y asistencia asidua. 3.- Procurarán no deteriorar ante sus hijos/as la imagen de los profesores del Centro. 4.- Evitarán, a la entrada y salida del alumnado, los comentarios improcedentes que pueden ir en menoscabo del buen nombre del Centro. 5.- Respetarán el día y la hora fijados para entrevistas o consultas a los tutores/as o profesores/as de sus hijos/as. Excepcionalmente en casos de necesidad o urgencia podrán hablar con los maestros/as en horario no establecido de tutoría. 6.- Evitarán entrar en clase sin citación previa, para no interrumpir las actividades docentes. Sólo en circunstancias graves y muy justificadas, se permitirá el acceso a las aulas de personas ajenas a las mismas.
NORMAS DE CONVIVENCIA

Habrán de tener un carácter educativo y recuperador, deberá garantizar el respeto a los derechos del resto del alumnado y procurarán la mejora de las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa.
Se corregirán los actos contrarios a las normas de convivencia del Centro realizados por el alumnado tanto en horario lectivo, como en el dedicado a la realización de las actividades complementarias o extraescolares. Asimismo, podrán corregirse las actuaciones de los alumnos/as, que, aunque realizadas fuera del recinto y el horario escolar, estén motivadas o directamente relacionadas con el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes del alumnado en los términos previstos en el Reglamento de Organización y Funcionamiento (R.O.F.)
En las CORRECCIONES se tendrán en cuenta las circunstancias siguientes:
_Circunstancias aa tenuantes:

  1. El reconocimiento espontáneo de la incorrección de la conducta, así como la reparación espontánea del daño.
  2. La falta de intencionalidad.
  3. La petición de excusas.
-Circunstancias que agravan la responsabilidad
  1. La premeditación.
  2. La reiteración.
  3. Los daños, injurias u ofensas causados a los compañeros/as, en particular a los de menor edad o a los recién incorporados al Centro.
  4. Las acciones que impliquen discriminación.
  5. La incitación o estímulo a la actuación colectiva, que lesionen los derechos de los demás miembros.
  6. La naturaleza y entidad de los perjuicios causados al Centro o a cualquiera de los integrantes de la Comunidad Educativa.

Existen dos tipos de conductas a las que aplicar las CORRECCIONES:


A) Conductas contrarias a las normas de convivencias

  1. Cualquier acto que perturbe el normal desarrollo de las actividades de la clase.
  2. La falta de colaboración sistemática del alumnado en la realización de las actividades orientadas al desarrollo del currículo, así como en el seguimiento de las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje.
  3. Las conductas que puedan impedir o dificultar el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber de sus compañeros.
  4. Las faltas injustificadas de puntualidad. (5 en un mes)
  5. Las faltas injustificadas de asistencia a clase. (5 en un mes). Si durante un curso escolar el número de faltas injustificadas fuese superior a 50 daría lugar la no evaluación ni promoción del alumno/a.
f) Cualquier acto de incorrección y desconsideración hacia otros miembros de la Comunidad Educativa.
g) Causar pequeños daños en las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.

Prescribirán en un plazo de 30 días naturales, excluyendo los períodos vacacionales.
CORRECCIONES: 1.- Amonestación oral. 2.- Apercibimiento por escrito. 3.- Realización de tareas dentro y fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del Centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos del Centro. 4.- Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases (máx. 3 días lectivos). 5.- Excepcionalmente, la suspensión del derecho de asistencia al Centro.(máx. 3 días lectivos)
LAS PODRÁN IMPONER: Profesor/a, tutor/a, la jefatura de Estudios, la Dirección

B) Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia

a) La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
b) Las injurias y ofensas contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
c) El acoso escolar, entendido como el maltrato psicológico, verbal o físico hacia un alumno o alumna producido por uno o más compañeros y compañeras de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado.
Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro, o la incitación a las mismas.
d)Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente si tienen una componente sexual, racial, religiosa, xenófoba u homófoba, o se realizan contra alumnos o alumnas con necesidades educativas especiales.
e) Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
f) La suplantación de la personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos.
g) Las actuaciones que causen graves daños en las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa, así como la sustracción de las mismas.
h) La reiteración en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las normas de convivencia del centro a las que se refiere el artículo 33.
i) Cualquier acto dirigido directamente a impedir el normal desarrollo de las actividades del centro.
k) El incumplimiento de las correcciones impuestas, salvo que la comisión de convivencia considere que este incumplimiento sea debido a causas justificadas.


Prescribirán a los dos meses, excluyendo los períodos vacacionales
CORRECCIONES: 1.- Realizaciones de tareas fuera del horario lectivo para mejora de las actividades del Centro o reparación de daños a instalaciones, recursos materiales o documentos. 2.- Suspensión de la participación en actividades extraescolares (máx. un mes).
3.-Cambio de grupo. 4.- Suspensión de la asistencia a determinadas clases (de 3 día a 2 semanas). 5.- Suspensión de asistencia al Centro. (de 3 días a 1 mes). 6.- Cambio de Centro.

LAS PODRÁN IMPONER: La Dirección

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